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Regresa la autoridad federal en las carreteras: Guardia Nacional podrá multar a conductores

El 26 de mayo de 2026 marcó un regreso significativo de la autoridad federal en las carreteras mexicanas. A partir de esa fecha, la Guardia Nacional recibió facultades legales para inspeccionar vehículos, dirigir el tránsito, verificar sistemas de frenado, emitir dictámenes técnicos y, lo más relevante, sancionar a los conductores que incumplan el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

Esta medida fue oficializada mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del reglamento vigente. El objetivo declarado es preservar la seguridad de los automovilistas y fortalecer la colaboración con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) para prevenir accidentes carreteros.

La Guardia Nacional, institución que en años recientes había visto limitadas sus funciones en materia vial, ahora podrá también apoyar en la verificación de conductores de vehículos destinados al autotransporte federal y privado. Además, se establecen sanciones claras para quienes se nieguen a acatar las órdenes de los elementos, entreguen documentación incompleta o incurran en conductas agresivas contra las autoridades o personal de servicios de emergencia.

El decreto detalla que la GN podrá imponer multas que van desde amonestaciones verbales hasta sanciones económicas que oscilan entre 1,173 y 5,865 pesos, según la gravedad de la infracción y tomando como base la Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026. Entre las infracciones más severamente castigadas están la desobediencia a la autoridad, el mal estado físico y mecánico del vehículo, y la falta de medidas de seguridad ante fallas mecánicas o falta de combustible.

Este regreso de «los federales» a las carreteras se enmarca en los compromisos de México con los Objetivos Mundiales 2030, que incluyen reducir en un 50% las muertes por accidentes viales.

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