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SCJN elimina requisito de cinco años para pensión por viudez a concubinos: un cambio que redefine la seguridad social

Este jueves 4 de junio de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico que marca un antes y un después en el acceso a la pensión por viudez para parejas en concubinato. En una decisión unánime, el Pleno declaró inconstitucional el requisito impuesto por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que obligaba a demostrar un mínimo de cinco años de convivencia para recibir este beneficio.

La medida, vigente hasta hoy, era vista como una barrera burocrática que discriminaba a quienes optaron por modelos familiares distintos al matrimonio civil, limitando su derecho a la seguridad social y a una subsistencia digna tras la pérdida de su pareja.

Durante la sesión, los ministros enfatizaron que condicionar el acceso a la pensión por la duración formal de la unión es una carga desproporcionada y un trato desigual basado en el estado civil. “Imponer ese requisito es una carga adicional a quienes optaron por construir una familia de forma distinta al matrimonio y genera un trato discriminatorio basado en el estado civil, lo que vulnera el derecho a la seguridad social y al libre desarrollo de la personalidad”, dictaminó el Pleno.

Este fallo reafirma que el Estado no puede privilegiar el matrimonio civil sobre otras formas legítimas de convivencia, reconociendo la autonomía de los ciudadanos para decidir su modelo familiar. Aunque los beneficiarios deberán seguir comprobando la existencia de una relación real y formal con el asegurado fallecido, queda eliminada la rigidez del “cronómetro legal” que desprotegía a parejas con menos de cinco años de convivencia.

En un país donde la familia tradicional sigue siendo pilar fundamental, esta resolución abre la puerta a una mayor inclusión social sin sacrificar el orden ni la justicia. En paralelo, iniciativas como el cablebús en Puebla, que buscan modernizar la movilidad urbana y descongestionar las ciudades, reflejan la necesidad de adaptar nuestras instituciones y servicios a la realidad cambiante, siempre con respeto a los valores y la funcionalidad que demandan los ciudadanos.

Este jueves 4 de junio de 2026, la SCJN no solo modificó un requisito legal, sino que también envió un mensaje claro sobre la importancia de un Estado que garantice derechos sin perder de vista el orden y la equidad social.

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